Eutanasia a Víctor Escobar podría realizarse antes del 7 de enero de 2022
El abogado Luis Carlos Giraldo, defensor de Víctor Escobar, el hombre al que le practicarán la eutanasia el próximo 7 de enero de 2022, dijo que ya inició la recta final en la lucha de su cliente para morir dignamente.
En diálogo con RCN Radio, el jurista explicó que aunque la fecha se concertó con un comité científico de una IPS de Cali, el procedimiento se podría anticipar debido al estado de salud de su cliente.
“Víctor tiene mucho dolor, no ha podido levantarse, está con morfina. La única persona que tiene la potestad de cambiar la decisión de la eutanasia es el mismo Víctor. El comité científico ya se reunió con él, se definió la fecha y hoy y lo único que queda son las autorizaciones de las ordenes de hospitalización y el medicamento que se va a utilizar”, dijo el abogado.
Cabe mencionar que Víctor Escobar sufre de Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (Epoc), que afecta las vías pulmonares.
Según un artículo académico sobre las causas de la enfermedad, escrito por los investigadores españoles Ingrid Solanes y Pere Casán en la revista digital científica Archivos de Bronconeumonía, “la principal causa de muerte es la evolución de la propia enfermedad. Entre el 50–80% de los pacientes con EPOC mueren por causa respiratoria ya sea por agudización (30–50%) de la propia EPOC, por neoplasia de pulmón (8,5–27%) o por otras causas de origen respiratorio”.
Víctor Escobar se convertiría en el primer paciente no terminal en recibir la eutanasia en Colombia, después de que la Corte Constitucional extendiera ese derecho a morir dignamente para las personas con graves enfermedades, pero no necesariamente terminales.
En esa sentencia, la Corte estableció que en el país existe un vacío jurídico sobre la muerte digna para los casos en los que las personas padece una enfermedad grave.
El pronunciamiento de ese tribunal se dio tras estudiar una demanda contra el artículo 106 del Código Penal, que habla sobre el homicidio por piedad y que imponía cárcel.
La Corte Constitucional explicó en su decisión que no se puede considerar un delito, cuando el personal de la salud asiste a alguien que desee acceder a la muerte digna o eutanasia por padecer de una grave enfermedad, no necesariamente en fase terminal.