En Cúcuta mediante el decreto 0300 de 2019, se adoptaron las medidas para vehículos particulares y de transporte público individual (taxis). Su aplicación es de obligatorio cumplimiento informa la secretaría de tránsito.
Por medio de este Decreto se adoptaron las medidas de tránsito que reglamentan la circulación de la siguiente manera:
Pico y Placa
Los lunes no podrán circular los vehículos particulares con placas terminadas en 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, viernes 9 y 0.
El pico y placa solo aplica para los vehículos particulares con placa matriculada en Cúcuta o el Área Metropolitana, y no podrán circular en los horarios entre las 7:30 a.m. y las 8:30 a.m., entre las 11:30 a.m. y la 1:30 p.m. y desde las 5:30 p.m. hasta las 7:00 p.m. en el cuadrante delimitado en el centro de la ciudad.
Placa Día
Esta medida restringe la circulación de los vehículos con placa nacional o extranjera entre las 7:00 a. m. y las 7:00 p. m. en toda la ciudad y el área metropolitana, exceptuando los anillos viales.
• lunes: No circulan vehículos con placas terminadas en 1 y 2.
• martes: No circulan vehículos con placas terminadas en 3 y 4.
• miércoles: No circulan vehículos con placas terminadas en 5 y 6.
• jueves: No circulan vehículos con placas terminadas en 7 y 8.
• viernes: No circulan vehículos con placa terminadas en 9 y 0.
La medida de restricción vehicular para los taxis quedó suspendida por parte de la secretaría de tránsito y transporte de Cúcuta, hasta el próximo 10 de enero del 2022, esta medida se toma con el objetivo de abastecer la alta demanda que ha tenido el servicio en las últimas semanas.
Los taxistas han solicitado a las autoridades de transito que se incrementen los controles en contra de la piratería en la ciudad.