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COLPRENSA
22 Oct 2021 05:31 PM

¡Falta poco! Ley de ‘borrón y cuenta nueva’ entrará en vigencia 

Daniel
Jerez
Tan solo falta la firma de los presidentes de Senado y Cámara y la sanción por parte del mandatario Iván Duque.

En el Congreso de la República celebraron que se haya expedido el fallo completo con el que la Corte Constitucional le da su visto bueno al proyecto de ley de ‘borrón y cuenta nueva’ en las centrales de riesgo. 

Los senadores David Barguil y Luis Fernando Velasco, quienes impulsaron esta iniciativa, afirmaron que con la publicación del fallo ya solo es cuestión de días para que la nueva norma entre en vigencia y millones de colombianos que hoy están reportados en Datacrédito tengan la posibilidad de ponerse al día y así volver a tener vida crediticia.  

La ley ahora tendrá que recibir la firma de los presidentes de Senado y Cámara y del presidente de la República, Iván Duque.

“Salió la sentencia, el fallo definitivo, firmado por los magistrados de la Corte y pasa ahora a manos del Congreso para la firma de los presidentes de Senado y Cámara y la revisión del presidente de la República para la sanción de la ley”, dijo Barguil.

“Estamos a días de que el presidente sancione la ley y 10 millones de colombianos puedan ver restablecida su vida crediticia y se le borre el reporte negativo en las centrales de riesgo en el país”, manifestó.

El senador Luis Fernando Velasco espera que se aceleren los últimos trámites que necesita esta propuesta para que pueda entrar a regir en el territorio nacional. 

“La sentencia que avala la ley estatutaria de modernización del habeas data, conocida como borrón y cuenta nueva acaba de ser publicada de la Corte Constitucional y llegará a los presidentes de Senado y Cámara para que ojalá la firmen de inmediato y enviarla al despacho del presidente de la República que tendrá máximo seis día para sancionar la ley”, sostuvo.

Con esta ley, quienes se pongan al día con sus obligaciones financieras, tendrán derecho a que su reporte negativo en centrales de riesgo sea borrado en un plazo máximo de seis meses.

Fuente
Sistema Integrado de Información