La Superintendencia de Industria y Comercio informó que una vez surtido el trámite legal de los recursos de reposición presentados por los sancionados en relación al caso “Ruta del Sol II” y que involucra a la transnacional brasileña Odebrecht, se confirma la multa por $295.086.710.061.
El ente de control confirmó las sanciones ya que una vez surtido el trámite legal de los recursos de reposición presentados por los sancionados, no encontró mérito para modificar ninguna de las decisiones y sanciones adoptadas.
En ese orden de ideas, las multas impuestas a diferentes compañías y personas naturales deberán pagarse de la siguiente manera:
Al respecto, la SIC explicó que “una vez analizados los argumentos presentados por los apoderados de los sancionados, se rechazan todas las solicitudes de nulidad propuestas en los recursos de reposición por carecer de fundamento legal”.
Por otra parte, manifestó que debido a que en este caso se encontró material penal, se compulsarán copias del expediente del caso “Ruta del Sol II” a la Fiscalía General de la Nación para que dentro de su competencia realice el adecuado tratamiento en materia de delitos económicos, electorales y/u otros que sean advertidos por el ente acusador.
Adicionalmente, la Superindustria mencionó que “en atención al pago de sobornos y otros aportes no declarados y que fueron probados por esta autoridad en el marco de su investigación, y al identificarse cuentas bancarias y fondos internacionales utilizados para defraudar la ley, soborno transnacional, se dará traslado del expediente a la Superintendencia de Sociedades”.
Igualmente, la Superintendencia señaló que “se exhorta a los apoderados de los investigados y sancionados a mantener un trato cortes y respetuoso con los funcionarios, y a no utilizar los recursos como herramientas para agredir y acusar sin fundamento, para lo cual, si existen pruebas de la comisión de dichas conductas, existen instancias disciplinarias y penales a las cuales pueden acudir”.
Frente a lo anterior, compulsará también copias a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, para que determine si los abogados Alfonso Miranda Londoño y Jaime Andrés Velásquez Cambas a través del empleo de diferentes expresiones, afirmaciones e insinuaciones, descalificaron o acusaron de forma indebida e infundada a los funcionarios de la Superintendencia de Industria y Comercio, incluido su titular.