Empresas que no apliquen normas de salud y seguridad enfrentarían sanciones hasta de $1.000 millones
El Consejo Colombiano de Seguridad hizo un llamado a los empresarios, a informarse a través de canales oficiales del Gobierno y organismos internacionales, sobre los reglamentos y disposiciones para mitigar el impacto de la covid-19 en el trabajo.
La entidad recordó que la pandemia posicionó la temática de la seguridad y salud en el trabajo como eje fundamental para la reactivación económica, al convertirse en una necesidad de garantizar el retorno a la normalidad, donde las personas puedan trabajar disminuyendo el riesgo de contagio.
En ese sentido, la presidenta del Consejo de Seguridad, Adriana Solano, recordó que el decreto 472 de 2015 establece los criterios de graduación de las multas para aquellas empresas que no apliquen normas de salud y seguridad en el trabajo, las cuales pueden ir de uno hasta 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, la sanción puede ascender a $908.526.000.
Adicionalmente, se establecen los términos para la clausura o cierre del lugar de trabajo cuando existan condiciones que pongan en peligro la vida, la integridad y la seguridad personal de los trabajadores, así: de tres a diez días hábiles; de diez a 30 días calendario, en caso de incurrir nuevamente en cualquiera de los hechos sancionados conforme al literal anterior.
“Se tienen definidos los términos de tiempo para la suspensión de actividades o cierre definitivo de empresa, en caso de que continúen los hechos que originaron la medida de cierre (hasta por un término de treinta (30) días calendario), o haya reincidencia (se podrá imponer la medida hasta por un término de 120 días hábiles o proceder al cierre definitivo de la empresa),” aseguró la directiva.