La Alcaldía de Cúcuta, como estrategia para mejorar la movilidad de la ciudad, por medio de la Secretaría de Tránsito y Transporte, informa que, a la fecha, se encuentra vigente el Decreto 0300 de 2019, por medio del cual se toman las medidas para vehículos particulares y de transporte público individual (taxis) en la ciudad. Su aplicación es de obligatorio cumplimiento.
El decreto contempla las medidas de tránsito que reglamenta la circulación de la siguiente manera:
Pico y placa:
Esta medida, es aplicada para los vehículos matriculados en el área metropolitana (Cúcuta, Villa del Rosario, Los Patios, Puerto Santander, El Zulia y San Cayetano), y consiste en restringir la circulación vehicular en el perímetro del centro durante los siguientes horarios:
7:30 a 9:00 a.m., 11:30 a.m. a 1:30 p.m. y entre las 5:30 p.m. a 7:00 de la noche.
Vehículos particulares
Lunes: No circulan vehículos con placas terminadas en 1 y 2.
Martes: No circulan vehículos con placas terminadas en 3 y 4.
Miércoles: No circulan vehículos con placas terminadas en 5 y 6.
Jueves: No circulan vehículos con placas terminadas en 7 y 8.
Viernes: No circulan vehículos con placa terminadas en 9 y 0.
Placa día
Esta medida restringe la circulación de los vehículos con placa nacional o extranjera entre las 7:00 a. m. y las 7:00 p. m. en toda la ciudad y el área metropolitana, incluyendo los anillos viales.
Vehículos de transporte público individual (taxis)
Se restringe la circulación entre las 7:00 a. m. y las 11:00 p. m. de la siguiente manera:
Lunes: no circulan vehículos con placa terminada en 8.
Martes: no circulan vehículos con placa terminada en 7.
Miércoles: no circulan vehículos con placa terminada (no aplica).
Jueves: no circulan vehículos con placa terminada en 5.
Viernes: no circulan vehículos con placa terminada en 4.
Varios accidentes de tránsito fueron atendidos por parte de las autoridades en Cúcuta, igualmente en su área metropolitana, en donde la ingesta de licor podría hacer parte de las causas por las cuales se presentan.