Alcalde de Bucaramanga analiza fallo que le ordena suspender facultades para endeudamiento
El equipo jurídico de la Administración de Bucaramanga está analizando la decisión del Juzgado Noveno Administrativo, el cual suspendió las facultades que el mandatario Juan Carlos Cárdenas tenía para comprometer recursos de crédito.
Es decir, por el momento el Alcalde no podrá solicitar empréstitos por $132 mil millones tal como quedó especificado en el artículo 29 del Acuerdo 030, por medio del cual se estableció el presupuesto general de rentas y gastos para la vigencia del años 2021.
La demanda fue interpuesta por posibles vicios de ilegalidad, según dijo el exconcejal Pedro Nilson Amaya, quien agregó además que el Juzgado se refiere específicamente sobre el artículo 29.
El Concejo Municipal, dijo, le dio plenas facultades al Alcalde, quien puede comprometer hasta $132 mil millones, “aspecto sobre el cual no estamos de acuerdo, porque en otras oportunidades se han realizado inversiones sin necesidad de realizar préstamos o comprometer más recursos”.
El artículo 29 del Acuerdo 030 de 2020 dice “autorícese un cupo de endeudamiento al municipio de Bucaramanga por la suma de ciento treinta y dos mil millones de pesos ($132 mil millones) con el fin de financiar parcialmente el plan de desarrollo de Bucaramanga”.
Este cupo de crédito podrá ser utilizado mediante la celebración de operaciones de crédito público en cualquiera de sus modalidades.
La decisión del Juzgado Noveno Administrativo señala: “decretar la suspensión provisional del artículo 29 del Acuerdo 030 de 2020, por medio del cual se fija el presupuesto general de rentas y gasto de Bucaramanga para la vigencia 2021”.
El alcalde Cárdenas sostuvo que se está revisando para encontrar soluciones respetando el marco jurídico y contar con recursos para la generación de empleo y apoyar los emprendimientos en la ciudad.