Cinco demandas en la Corte contra la norma de asistencia militar en las protestas
La Corte Constitucional estudia cinco demandas presentadas contra el artículo 170 de la ley 1801 que permite la asistencia militar en las protestas, ordenada por el presidente de la República.
El artículo dice textualmente que “es el instrumento legal que puede aplicarse cuando hechos de grave alteración de la seguridad y la convivencia lo exijan, o ante riesgo o peligro inminente, o para afrontar emergencia o calamidad pública, a través del cual el Presidente de la República, podrá disponer, de forma temporal y excepcional de la asistencia de la fuerza militar”.
Una de las demandas contra esa norma, presentada por la Comisión Colombiana de Juristas, dice que tiene vicios de forma, ya que debió presentarse a través de una ley estatutaria y no ordinaria como sucedió.
Pero más allá de esos trámites, Gustavo Gallón quien hace parte de la Comisión y es uno de los firmantes de la demanda, dice que la normativa viola totalmente la constitución colombiana
“Las facultades de intervención del Ejército contra la población civil no están autorizadas en la Constitución colombiana. Los militares no tiene facultades en Colombia para actuar contra los civiles, pero si en temas como rescatar a personas de un incendio, trasladar personas en una emergencia, o asegurar el ejercicio de la protesta frente a actores armados que pretendan sabotearla”, dijo.
En ese sentido, la demanda de la Comisión Colombiana de Juristas propone que la Corte Constitucional condicione la norma a que el Ejército actúe no para intervenir, sino solo para proteger los derechos de quienes están protestando
Otra demanda la interpuso un grupo de ciudadanos, quienes coinciden con la Comisión Colombiana de Juristas en el sentido de afirmar que la norma desconoce la labor de las Fuerzas Militares.
“La norma demandada prevé la intervención militar en circunstancias de “convivencia” o “seguridad”, las cuales no concuerdan con la finalidad de las Fuerzas Militares según el artículo 217 de la Constitución el cual consagra expresamente que dichas fuerzas están instituidas para defender la soberanía, la integridad del territorio, la independencia y el orden constitucional”, se lee en la demanda.