Sede ICBF
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
17 Ene 2023 02:46 PM

Procuraduría alerta por posible cese de actividades por formalización contratos en el ICBF

Diego
Espitia
El ICBF deberá garantizar atención a los menores de edad durante este proceso.

La Procuraduría le pidió al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que garantice de forma prioritaria, el proceso de vinculación de los contratistas en el nivel nacional y territorial, que son indispensables para el adecuado funcionamiento para que no afecte el cumplimiento de las funciones misionales y administrativas del ICBF, así como la prestación del servicio público de Bienestar Familiar.

Le solicitó a la directora de esa entidad, Concepción Baracaldo Aldana, que entregue el plan especial establecido por el ICBF para el proceso de vinculación que garantice la conformación de la planta temporal de personal suficiente. 

Para el Procurador delegado encargado para la defensa de los derechos de la infancia, la adolescencia, la familia y la mujer, Virgilio Hernández, el ICBF debe garantizar que haya suficiente personal para prestar la atención correcta a los menores de edad. 

"Lo que se busca es evitar que el servicio público esencial de la protección de la infancia, de la niñez, de la adolescencia no quede descubierto, que se cubran todas las necesidades independientemente de los procesos de formalización del empleo público que va a adelantar el ICBF entre otras entidades del Estado", aseguró el delegado. 

Para la entidad es fundamental contar de manera fundamental con el mecanismo anunciado por el ICBF, que garantice el proceso de vinculación de los trabajadores que, pese a que su contratación estaba siendo gestionada bajo la figura del contrato de prestación de servicios, cumplían obligaciones para el adecuado funcionamiento del ICBF y la prestación del servicio público en condiciones de oportunidad, calidad y especialidad.

Este llamado hace parte de la circular conjunta del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la Escuela Superior de Administración Pública, que estipula que la duración máxima de esos contratos por prestación de servicios, no podrá ser mayor a cuatro meses.

Fuente
Sistema Integrado de Información